El Real Decreto-ley 12/2017, de 3 de julio, por el que se modifica la Ley de Propiedad intelectual (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril) entrará en vigor el 1 de agosto de 2017. La normativa reguladora de la propiedad intelectual protege los derechos de autor y conexos en España, encontrándose, entre ellos, el derecho que legitima a su autor a autorizar o prohibir la producción de copias de su obra.
No obstante, dicho derecho encuentra como limitación la copia privada, derivada de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. Como contrapartida, los titulares de los derechos sobre la obra reproducida deberán recibir una compensación equitativa y para ello, se estableció que tal compensación correría a cargo de una partida de los presupuestos generales del Estado. En este sentido, los recientes pronunciamientos juidiciales europeos y nacionales han dejado sin vigencia la actual regulación de la compensación equitativa por copia privada, permaneciendo en vigor el derecho de reproducción por copia privada.
Por ello, debe procederse a una regulación introduciendo una serie de novedades, derivadas de la sustitución del actual modelo de compensación equitativa financiado a cargo de los Presupuestos generales del Estado por un modelo basado en el pago de un importe a satisfacer por los fabricantes y distribuidores de equipos, aparatos y soportes de producción:
Esta situación en la cual la normativa que establecía el pago de la compensación equitativa a través de los presupuestos generales haya perdido vigencia ha provocado que los titulares de derechos de propiedad no dispongan de ningún sistema que les permita compensar el perjuicio de los derechos dejados de recibir por la copia privada. Además, se produce un incumplimiento del Derecho europeo y, por ello, se requiere una acción legislativa inmediata mediante un procedimiento de urgencia para la tramitación parlamentaria de las leyes.